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ES&T - Economía Social y Transformación
Nuestra reflexión está centrada en la necesidad, urgente e importante, de pintar "el cambio que transforma"; y estamos seguros,
de que la Economía Social es parte de esa gran obra.

Oscar Bastidas Delgado, José R. Hernández, Iñaki Gainzarain, Nelson Freitez,
Carlos Molina Camacho, David Esteller Ortega, Eduardo Matute, Mario Fagiolo


viernes, 20 de julio de 2012

ORGANIZACIÓN DE LAS COOPERATIVAS


Prof. Oscar Bastidas Delgado (UCV).
@oscarbastidas25

La doble dimensión Asociación-Empresa de las cooperativas indica la importancia de las decisiones tomadas en cada dimensión o esfera organizacional y sus interrelaciones. Así, la Asociación se identifica como la esfera política de la cooperativa y en ella se encuentra el mayor poder de la cooperativa, posee un horizonte de largo alcance, mayor a un año; ella concentra las decisiones estratégicas, aquellas de las cuales depende la organización como la constitución misma de la cooperativa y su disolución, la integración cooperativa y las agremiaciones, proceso productivo y mercados, reparto de excedentes, etc.

La empresa por su parte se identifica con la esfera operativa y concentra las actividades cotidianas, las de corto plazo, aquellas que plasman los objetivos de la cooperativa: compra-venta de productos, prestación de servicios médicos, transporte, captación de ahorros  y otorgamiento de créditos, cursos y talleres, en fin, las funciones empresariales: producto – mercado – tecnología –  producción – capital humano – finanzas – lo administrativo contable. La coordinación o gerencia constituye la intersección entre las dos dimensiones y actúa a manera de bisagra o enlace entre ellas. Es la responsable de convertir las estrategias en hechos concretos, los sueños en realidades.   

En cada uno de esos espacios los asociados establecen órganos o instancias a las cuales les atribuyen las decisiones propias del nivel y las actividades que desean ocupen y realicen. Así tenemos que la instancia básica y obligatoria de toda cooperativa se encuentra en la esfera de la Asociación y es la Asamblea General de Asociados que funciona bajo el principio de “una persona un voto”. Dependiendo de las condiciones técnicas, la complejidad de las actividades, del número de asociados y las dimensiones operativas de la cooperativa, las actividades gerenciales y las operativas pueden ser realizadas también por todos los asociados o atribuirse a grupos con responsabilidades específicas con departamentalización estable, o rotar entre ellas como en el caso de las organizaciones autogestionarias, en ello incidirá la complejidad de las tareas, así como la cultura y disposición de los asociados. 

Si se opta por atribuir actividades específicas a grupos, uno de ellos deberá coordinar la operatividad de la cooperativa y pudiera denominarse Consejo de Administración o Junta Directiva; otro debería encargarse de la vigilancia y el control e las actividades de la cooperativa, de la legalidad de sus acciones, y el cumplimiento de los mandatos establecidos por la Asamblea y sería una instancia colectiva que puede recibir el nombre de Consejo de Vigilancia, Junta de Vigilancia, Comisión Fiscalizadora, Junta de Control, Unidad de Contraloría, Comité de Control Social, Junta de Comisarios u otro. Ambas instancias dependerían obviamente de la Asamblea.  

Adscrito a la instancia coordinadora estaría la gerencia o coordinación general, ocupada por una persona o un pequeño colectivo  que se supone garantizará la operatividad deseada. En algunos países como Venezuela, ciertas cooperativas no poseen gerencia para colectivizar así la toma de decisiones pues no habiendo una persona, la instancia coordinadora ocuparía ese espacio gerencial; en otros, como Colombia, el gerente es indispensable puesto que funge como representante legal de la cooperativa. En la esfera operativa, se concentrarán las actividades cotidianas que podrán ser trabajadas por todos o parte de los asociados. En algunas cooperativas se utiliza el calificativo “instancia” para agrupar determinadas actividades y tareas.

Debería establecerse adicionalmente una o dos unidades para cumplir con el Principio de la Educación Cooperativa. De ser una sola, Comité de Educación, estaría adscrita a la asamblea y asumiría lo relativo   a la formación cooperativa, al adiestramiento y la información; de ser dos, se ubicaría en la dimensión empresarial y cumpliría funciones de capacitación y adiestramiento.