Los “bienes comunes”: tangibles e intangibles, constituyen el patrimonio de una comunidad; ellos requieren intensa acción colectiva, sólidos mecanismos de autogobierno y elevado nivel de capital social. Por tanto, su utilización debe ser regulada, para impedir que estos se acaben a causa de su explotación indiscriminada.
El conocimiento, que hoy se encuentra disponible con un simple “clic”, se perfila como un emprendimiento colectivo. La red – con su carácter interactivo y penetrante – rompe con el viejo paradigma “saber no compartido es poder”; la idea misma de conocimiento pierde su carácter de exclusividad como función social.
En la “sociedad del conocimiento” cambia la estructura de la cadena de valor; la naturaleza del trabajo y de los procesos productivos debe sacar cuenta con la dimensión digital, con su difusión, interconexión e interacción.
En la era
digital el verdadero capital está constituido por las personas y por su
calidad, que se manifiesta en la experiencia, el compromiso, las ideas y las formas
de relacionarse. El conocimiento es el combustible especial que permite a las
sociedades modernas apostar a su desarrollo por medio de la investigación, la
formación y la difusión social de los saberes creativos e innovadores.
Pero, la
difusión del conocimiento está siendo atacada por normas cada vez más
restringidas que pueden ser comparadas a los recintos que caracterizaron la formación del
capitalismo. Véase la problemática generada en torno a la posible aprobación de
la “Ley SOPA”: Stop On line Piracy Act (Ley Contra la Piratería en Línea). Esta
ley está en discusión en los EEUU con el objetivo de combatir el tráfico, en
internet, de contenidos y de productos protegidos.
Las repercusiones son gravísimas para internet; pues se podría obtener órdenes judiciales contra aquellas webs o servicios que faciliten la supuesta trasgresión de los derechos de autor. Estas órdenes pueden incluir:
El bloqueo a la web en cuestión.
- El congelamiento de fondos de las empresas facilitadoras de cobro en internet.
- Los servicios de publicidad deben bloquear la web sospechosa.
- Se deben eliminar enlaces a la web denunciada.
- El anonimato, importantísimo para todos los que viven en regímenes totalitarios, será ilegal.
- Nuestras comunicaciones serían oficialmente espiadas.
- La ley no distingue entre proveedor o usuario, todos serán culpables.
- El miedo de enlazar algo sospechoso limitaría la actividad de la red.