@oscarbastidas25
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El cooperativismo, al igual que la Responsabilidad Social, se basa en la ética y no puede imponerse, por lo que asociarse a una cooperativa debe ser un acto voluntario de quien pueda aspirar a ello y de los asociados de la cooperativa que pudieran admitirlo pero luego de revisar las intenciones y experticias de aquel.
El Artículo 36 de la LEAC referido al trabajo de no asociados señala que “Las personas naturales que trabajen hasta por seis meses para la cooperativa en labores propias de la actividad habitual de ésta, tendrán derecho a exigir su ingreso como asociados, siempre que cumplan los requisitos establecidos en el estatuto, y cesarán en su relación laboral”. Para buen lector, pocas palabras, la ley habla de actividad habitual y no obliga a asociar.